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Deducción para empresarios 2027 en Bélgica: 10 %, unos 650 €

Desde las rentas de 2027, los autónomos en Bélgica deducen el 10 % de su beneficio de la renta imponible, hasta unos 650 €, y unos 900 € desde 2029.

Por Artem Kuznetsov, fundador

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Lo que importa ahora

En vigor ahora
Nada todavía para las rentas de 2026. La deducción se aplica desde las rentas de 2027 (ejercicio fiscal 2028): el 10 % de beneficios y rendimientos, hasta unos 650 € tras la indexación.
Próximo cambio
Desde las rentas de 2029 (ejercicio fiscal 2030) el tope base sube de 311 € a 415 €, unos 900 € tras la indexación.
Impacto principal
El tope se alcanza con unos 6.500 € de beneficio. Una deducción de 650 € ahorra unos 260 € a un tipo marginal del 40 %, 325 € al 50 %.
Actúe hoy
Nada que declarar. Incluya la deducción en su estimación del impuesto de 2027 y compruebe el tope exacto cuando el SPF Finanzas publique los importes indexados.

Fuentes

  1. 01Ley de 15 de julio de 2026 de reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas, BS/MB 29.07.2026, numac 2026005724, título 11, art. 57 a 62
  2. 02Cámara de Representantes, proyecto de ley DOC 56 1243/001: exposición de motivos y análisis de impacto (estimaciones de los topes indexados)
  3. 03Art. 23, 78 a 81, 129/1 y 198quater CIR 92 / WIB 92

Desde las rentas de 2027, los autónomos y las profesiones liberales tienen una nueva deducción para empresarios (ondernemersaftrek / déduction pour entrepreneur): el 10 % de su beneficio se resta de su renta imponible, hasta un tope de unos 650 €. Con 40.000 € de beneficio son 650 € menos de renta imponible, entre unos 260 € y 325 € menos de impuesto según su tramo. Para las rentas de 2026 no cambia nada.

La deducción viene de la ley de 15 de julio de 2026 de reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se aplica desde el ejercicio fiscal 2028, es decir, al beneficio que obtenga en 2027. Desde las rentas de 2029 el tope sube a unos 900 €.


¿Quién tiene derecho a la deducción para empresarios?

Toda persona que tribute por beneficios o rendimientos profesionales en el impuesto sobre la renta de las personas físicas: los autónomos como persona física y las profesiones liberales, como médicos, arquitectos, consultores o traductores que trabajan en nombre propio. Da igual que sea su actividad principal o una actividad complementaria junto a un salario.

No quedan incluidos:

  • Los administradores de sociedades, por la remuneración que perciben de su sociedad. Esa remuneración no es beneficio ni rendimiento profesional, y las propias sociedades también quedan excluidas.
  • Los cónyuges colaboradores, por la parte que su pareja les atribuye. Un cónyuge colaborador que además tenga beneficios o rendimientos propios tiene derecho a la deducción sobre ellos.
  • Los ayudantes que asisten o sustituyen a un autónomo sin contrato de trabajo.
  • Las dietas de asistencia, las indemnizaciones que sustituyen un beneficio perdido y las rentas que tributan por separado a un tipo propio.

¿Cómo se calcula?

El 10 % de su beneficio neto: lo que queda después de sus gastos profesionales, incluidas sus cotizaciones sociales, y después de las pérdidas profesionales que arrastre. El tope se aplica por persona y por año.

Año de rentasTope en la ley (importe base)Tope tras indexación
2027 (ejercicio fiscal 2028)311 €unos 650 €
2028 (ejercicio fiscal 2029)311 €indexado, aún sin estimar
2029 en adelante (ejercicio fiscal 2030)415 €unos 900 €

La ley fija importes base que se indexan cada año. Las cifras de unos 650 € y unos 900 € son estimaciones del propio Gobierno en el análisis de impacto del proyecto de ley. El tope exacto se conocerá cuando el SPF Finanzas publique los importes indexados del año.

Con un tope de unos 650 €, lo alcanza con 6.500 € de beneficio. Desde las rentas de 2029, con unos 9.000 €.

Si presenta la declaración conjunta con su pareja, cada uno tiene su propia deducción sobre su propio beneficio.


¿Cuánto impuesto supone?

La deducción reduce su renta imponible, así que ahorra impuesto a su tipo más alto, el tipo marginal.

Ejemplo 1. Un autónomo a título principal obtiene en 2027 un beneficio neto de 40.000 €. El 10 % son 4.000 €, así que el tope deja la deducción en unos 650 €. El beneficio imponible pasa a 39.350 €.

Ejemplo 2. Una persona con una actividad complementaria junto a un salario obtiene en 2027 un beneficio de 5.000 €. El 10 % son 500 €, por debajo del tope, así que se deducen los 500 € completos.

Su tipo marginal500 € deducidos650 € deducidos
25 %125 €162,50 €
40 %200 €260 €
45 %225 €292,50 €
50 %250 €325 €

Son estimaciones, no su liquidación. El tipo aplicable depende de su renta imponible total, y los tramos de 2027 también se indexan. Además se suma el recargo municipal, así que el ahorro real es algo mayor. Si su renta total queda por debajo del mínimo exento, no hay impuesto que la deducción pueda reducir.


¿Tengo que solicitarla?

La ley no exige ninguna solicitud. Integra la deducción en el cálculo de su beneficio neto, de modo que se desprende del beneficio que declara. La declaración de las rentas de 2027 se presenta en 2028, y aún no se sabe si el formulario tendrá una casilla propia para ella.


¿Qué debe hacer ahora?

  1. Nada para su declaración ni para su impuesto de 2026. La deducción empieza con las rentas de 2027.
  2. Cuando estime su impuesto de 2027, por ejemplo para decidir sobre los pagos anticipados, reste hasta unos 650 € de su beneficio imponible.
  3. Si está valorando una sociedad frente a seguir como persona física, cuéntela del lado de la persona física. La remuneración de un administrador no tiene derecho a ella, y la remuneración mínima del administrador viene de la misma ley.

El título 11 de la ley de 15 de julio de 2026 (art. 57 a 62) restablece el art. 81 CIR 92 como deducción para empresarios: el 10 % de los beneficios y rendimientos profesionales (art. 23, § 1, 1° y 2°) tras la deducción de pérdidas profesionales, con un tope de importe base de 311 € desde el ejercicio fiscal 2028 y de 415 € desde el ejercicio fiscal 2030. El Gobierno estima los topes indexados en unos 650 € para las rentas de 2027 y unos 900 € para las rentas de 2029.


¿Qué artículos, y desde cuándo?

La ley de 15 de julio de 2026 de reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas, Moniteur belge / Belgisch Staatsblad de 29 de julio de 2026, numac 2026005724, título 11:

  • El art. 57 restablece el art. 23, § 2, 4° CIR 92: los beneficios y rendimientos determinados según los puntos 1° a 3° se reducen con la deducción del art. 81.
  • Los art. 58 y 59 restablecen la subdivisión D, «Ondernemersaftrek / Déduction pour entrepreneur», y el propio art. 81.
  • El art. 60 sustituye 311 € por 415 € en el art. 81, párrafo cuarto.
  • El art. 61 restablece el art. 198quater: la deducción no se aplica en el impuesto de sociedades.
  • Art. 62: los art. 57 a 59 y 61 entran en vigor el 31 de diciembre de 2026 y se aplican desde el ejercicio fiscal 2028. El art. 60 entra en vigor el 31 de diciembre de 2028 y se aplica desde el ejercicio fiscal 2030.

El art. 103, 3° añade el art. 81, párrafo cuarto, al art. 129/1, de modo que el tope se prorratea cuando el periodo impositivo no es un año natural completo por una causa distinta del fallecimiento (desde el ejercicio fiscal 2028, art. 105).

El ejercicio fiscal 2027 (rentas de 2026) no se ve afectado. Algunas fuentes secundarias citan otro año de inicio; el texto del art. 62 no deja lugar a dudas.

¿Cuál es la base?

Art. 81, párrafo segundo: el 10 % de los beneficios y rendimientos tras la deducción de las pérdidas profesionales de los art. 78 a 80. La exposición de motivos habla de beneficios y rendimientos tras imputar gastos profesionales y pérdidas; la base queda, por tanto, después de las cotizaciones sociales (art. 52, 7°).

Excluidos de la base:

  • las indemnizaciones por una pérdida temporal de beneficios o rendimientos;
  • las dietas de asistencia;
  • las indemnizaciones del art. 27, párrafo segundo, 5° y 6°;
  • los beneficios o rendimientos de quien asiste o sustituye a un autónomo sin contrato de trabajo (ayudantes según el art. 6 del RD n.º 38);
  • para el cónyuge colaborador, la parte atribuida según el art. 86;
  • las rentas que tributan por separado según el art. 171.

Según la exposición de motivos, la parte atribuida al cónyuge colaborador según el art. 86 reduce la base de quien la atribuye antes de imputar sus propias pérdidas. Un cónyuge colaborador con beneficios o rendimientos propios tiene derecho sobre ellos.

En una tributación conjunta, la deducción se calcula por contribuyente, antes de aplicar los art. 87 a 89 y 129. Cada miembro de la pareja tiene su propio tope. Por el art. 235, 1°, se aplica también en el impuesto de no residentes.

Los administradores de sociedades quedan fuera: su remuneración se rige por el art. 23, § 1, 3° y 4°, no por 1° y 2°.

¿Cuál es el tope?

Ejercicio fiscalAño de rentasImporte base (art. 81, párrafo cuarto)Indexado
20282027311 €unos 650 € (análisis de impacto)
20292028311 €sin estimar
2030 en adelante2029 en adelante415 €unos 900 € (análisis de impacto)

Como referencia, la exposición de motivos da 620 € como importe indexado de 311 € para el ejercicio fiscal 2026. El tope se alcanza con una base de unos 6.500 € para las rentas de 2027 y unos 9.000 € para las rentas de 2029. Use 650 € y 900 € solo como cifras de planificación hasta que el SPF Finanzas publique los importes indexados.

Cifras de ejemplo

ClienteBeneficio neto 202710 %DeducciónAl 40 %Al 50 %
Actividad principal40.000 €4.000 €unos 650 € (tope)260 €325 €
Actividad complementaria junto a un salario5.000 €500 €500 €200 €250 €

Efecto fiscal antes del recargo municipal, al tipo marginal del cliente. Sin efecto cuando la renta imponible total queda por debajo del mínimo exento.

¿Qué queda pendiente?

  • El formulario de declaración del ejercicio fiscal 2028 no se ha publicado. La ley no exige solicitud; la deducción forma parte de la determinación del beneficio neto según el art. 23, § 2.
  • La ley no modifica las normas de las cotizaciones sociales. No regula si la deducción repercute en la renta sobre la que se calculan las cotizaciones sociales, y no hemos encontrado ninguna posición al respecto.
  • La ley no modifica el crédito fiscal por rentas de actividad bajas (art. 289ter CIR 92). No regula si el menor beneficio neto repercute en el cálculo de ese crédito.

Para el expediente

  • Sin efecto en las declaraciones del ejercicio fiscal 2027.
  • Incluya la deducción en las estimaciones del impuesto de 2027, también para los pagos anticipados, con la cifra de planificación de unos 650 €.
  • En un asesoramiento sobre constituir una sociedad, cuéntela solo del lado de la persona física. Para un cliente con actividad de autónomo y mandato de administrador, vale solo para los beneficios o rendimientos. La remuneración mínima del administrador la fija la misma ley.