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Dividendos VVPRbis: cómo los dueños de pequeñas empresas belgas se pagan al 18% — y qué cambió en julio de 2026

VVPRbis es la vía legal más popular para que los dueños de una BV/SRL belga saquen dinero de su empresa: una retención reducida sobre los dividendos en lugar del 30%. La Ley Programa de 30 de mayo de 2026 subió ese tipo reducido del 15% al 18% para los dividendos atribuidos o exigibles desde el 1 de julio de 2026, y lo armonizó con la reserva de liquidación. Las reglas, la trampa, las cuentas.

Por Artem Kuznetsov, fundador

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Las normas han cambiado desde su publicación.

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Lo que importa ahora

En vigor ahora
Retención del 18% sobre los dividendos VVPRbis que cumplan los requisitos, atribuidos o exigibles desde el 1 de julio de 2026
Próximo cambio
Ninguno anunciado
Impacto principal
La brecha 15%/30% se estrechó; las cuentas de la reserva de liquidación se movieron con ella, en su propia fecha
Actúe hoy
Lea el tipo en la atribución o la exigibilidad, no en la fecha de la junta general

Fuentes

  1. 01Art. 269, §2 CIR/WIB 92 — tipo VVPRbis
  2. 02Art. 269, §1, 8° CIR/WIB 92 — reserva de liquidación
  3. 03Ley Programa de 28 de junio de 2013
  4. 04Ley Programa de 18 de julio de 2025 — Boletín Oficial belga, 29 de julio de 2025 (numac 2025/005578)
  5. 05Ley Programa de 30 de mayo de 2026 — Boletín Oficial belga, 1 de junio de 2026 (numac 2026/003986)
  6. 06Art. 1:24 CSA/WVV — prueba de pequeña empresa

Si tiene una BV o SRL belga, la factura fiscal del dinero que saca de la empresa es una de las más altas que pagará nunca. El sueldo tributa a tipos progresivos cercanos al 50%. La remuneración de administrador añade encima las cotizaciones sociales. La vía legal más popular para sortearlo —usada por decenas de miles de dueños de pequeñas empresas belgas— se llama VVPRbis.

Esta guía es para usted, el fundador. Su contable hará los números reales. Pero usted debería entender qué se hace con su dinero.


Qué hace VVPRbis en realidad

Usted creó su BV. Puso efectivo como capital inicial —digamos €18,600 (el mínimo legal de una BV hoy es cero, pero la mayoría de los fundadores aportan algo)—. La empresa genera beneficio. Tras el impuesto de sociedades, ese beneficio queda como ganancias retenidas.

Quiere llevarse a casa una parte de esas ganancias retenidas.

Sin VVPRbis, la empresa le paga un dividendo gravado con una retención del 30%. Dividendo de €100,000 → €30,000 para el Estado → €70,000 para usted.

Con VVPRbis, el mismo dividendo tributa al 18% —era el 15% hasta el 30 de junio de 2026—. Dividendo de €100,000 → €18,000 para el Estado → €82,000 para usted.

En un reparto de €100,000, eso son €12,000 más en su bolsillo. A lo largo de una carrera típica de fundador, de 15–20 años de dividendos pequeños, el ahorro llega fácilmente a €200,000+.

Las cuatro condiciones que debe cumplir

1. Su empresa tiene que ser «pequeña». La ley belga tiene una prueba precisa, pero en la práctica, si su volumen de negocios anual está por debajo de €11.25 millones y tiene menos de 50 empleados, es pequeña.

2. Su capital inicial tiene que ser efectivo. Las aportaciones de equipos, propiedad intelectual o inmuebles no cuentan. Si puso €30,000 en efectivo en la empresa el primer día, esos €30,000 cumplen. Si aportó €30,000 en software, no.

3. Tiene que esperar tres años completos. Si constituyó la empresa en 2023, el primer reparto apto para VVPRbis es en 2026 (tercer año completo). Los repartos anteriores tributan al 30% ordinario.

4. Nada de clases de acciones sofisticadas. Si creó acciones de clase A con derechos de voto extra y acciones de clase B con derechos de dividendo extra, rompió las reglas. Quédese con una sola clase ordinaria de acciones.

Qué cambió en julio de 2026

El tipo favorable pasó del 15% al 18%. La ley es la Ley Programa de 30 de mayo de 2026; apareció en el Boletín Oficial belga el 1 de junio de 2026 y entró en vigor el 1 de julio de 2026, para los dividendos atribuidos o exigibles desde esa fecha. Armoniza VVPRbis con otra herramienta para pequeñas empresas, la reserva de liquidación.

Lo que significa ahora: el ahorro de tres puntos se acabó. Se aplicaba a los dividendos atribuidos o exigibles hasta el 30 de junio de 2026 inclusive, y la fecha que contaba era la de atribución o exigibilidad del dividendo —no la de la junta general—. Si un dividendo suyo se acordó en junio pero solo se pagó en julio, retiene el 18%, y la declaración tiene que decirlo.

Un ejemplo realista

Constituyó una BV belga en 2022 con €30,000 en efectivo. Ha crecido hasta €600,000 de ingresos anuales, se paga una remuneración de administrador de €40,000 y la empresa ha acumulado €180,000 en ganancias retenidas.

En mayo de 2026, cuando aún regía el 15%, repartió €60,000 como dividendo VVPRbis.

  • Impuesto: 15% × €60,000 = €9,000
  • Neto para usted: €51,000

Si hubiera tomado los mismos €60,000 como remuneración de administrador adicional:

  • Impuesto sobre la renta (tramo marginal superior): ~50% = €30,000
  • Cotizaciones sociales (autónomos): ~20% = €12,000
  • Neto: ~€18,000

La vía del dividendo le deja €33,000 más, en este único reparto. Repítalo hoy y la retención es del 18% —€10,800 en lugar de €9,000—, lo que apenas mella la comparación.

La estrategia combinada que usan los fundadores avispados

Los fundadores belgas más listos combinan tres herramientas:

  1. Una remuneración de administrador modesta —cubre el día a día y construye pensión y seguro de desempleo—.
  2. Un dividendo VVPRbis anual desde el año 4 —saca el beneficio retenido al 18% (15% hasta el 30 de junio de 2026)—.
  3. La reserva de liquidación sobre las ganancias retenidas restantes —dótela ahora, 10% de gravamen separado por adelantado, reparta al 9.8% tras un período de mantenimiento de tres años o en la salida—.

La tasa efectiva combinada sobre el beneficio que sale de la empresa aterriza en torno al 25–30% —frente al 60%+ si se lo llevara todo como sueldo—.

Qué puede salir mal

  • Su contable usa el tipo equivocado. Error fácil en el año 3 —el 20% solo sobrevive si su aportación en efectivo se hizo el 31 de diciembre de 2025 o antes—. Y compruebe el tipo contra la fecha en que el dividendo se atribuyó o se hizo exigible, no contra la fecha del acuerdo.
  • Toca el capital antes del período de espera. Una reducción de capital reinicia el reloj para las aportaciones nuevas.
  • Vende la empresa. Vender acciones es un régimen aparte (plusvalías, hoy exentas para personas físicas en la mayoría de los casos —con sujeción al nuevo impuesto sobre plusvalías de 2026 para operaciones de >€10m—).
  • Olvida declarar la retención a tiempo. El formulario 273A vence a los 15 días del pago. La presentación tardía genera multas.

El plan de acción en una página

  1. Compruebe con su contable la fecha de su aportación en efectivo original y su situación actual de «año + N».
  2. Confirme que la empresa sigue superando la prueba de pequeña empresa en los dos últimos ejercicios.
  3. Decida el importe del dividendo que quiere tomar este año, dejando capital de trabajo suficiente.
  4. Convoque la junta general que aprueba el dividendo.
  5. Pague sabiendo que el tipo sigue la fecha en que el dividendo se atribuye o se hace exigible. Desde el 1 de julio de 2026 es el 18%; el 15% solo se aplicó hasta el 30 de junio de 2026 inclusive.
  6. Presente la declaración de retención 273A en los 15 días siguientes.

Eso es VVPRbis. Menos misterioso de lo que suena. Más valioso de lo que la mayoría de los fundadores cree.

Base legal: art. 269, §2 WIB / CIR 92 (retención mobiliaria reducida). Introducido originalmente por la Ley Programa de 28 de junio de 2013. Modificación material más reciente: Ley Programa de 30 de mayo de 2026 (Boletín Oficial belga de 1 de junio de 2026, numac 2026/003986), art. 15, 4° y art. 14, 1°, que sube el tipo reducido del 15% al 18% con efectos sobre los dividendos atribuidos o exigibles desde el 1 de julio de 2026. La capa anterior es la Ley Programa de 18 de julio de 2025 (Boletín Oficial belga, 29 de julio de 2025, numac 2025/005578), que restringió el tramo del 20% y reformuló la reserva de liquidación del art. 184quater.

Prueba de pequeña empresa: art. 1:24 CSA / WVV (Código belga de Sociedades y Asociaciones), evaluada de forma individual salvo la prueba de consolidación cuando corresponda.


Mecánica del régimen

Aportación que cumple los requisitos

Una aportación nueva en efectivo hecha a una empresa después del 1 de julio de 2013, a cambio de acciones de nueva emisión con las siguientes características:

  • Plena propiedad (sin desdoblamientos de usufructo).
  • Participación igual en el voto, el dividendo y la cuota de liquidación junto con las demás acciones de la misma clase.
  • Sin derechos preferentes de dividendo que descalifiquen el tratamiento.
  • Titulares personas físicas o jurídicas (para estas últimas, rigen reglas de transparencia).

La aportación debe estar íntegramente desembolsada en el momento del reparto del dividendo. Las llamadas sobre capital no desembolsado posteriores al período de mantenimiento no amplían la calificación automáticamente —interpretación práctica: la base que cumple los requisitos para VVPRbis es la parte desembolsada en la fecha del reparto—.

Período de mantenimiento

Contado desde el ejercicio de la aportación:

  • Ejercicio de la aportación: sin VVPRbis.
  • Año +1 (primer ejercicio completo tras la aportación): sin VVPRbis.
  • Año +2 (segundo ejercicio completo tras la aportación): sin VVPRbis.
  • Año +3 (tercer ejercicio completo tras la aportación): tipo del 20%, mantenido solo cuando la aportación en efectivo se hizo el 31 de diciembre de 2025 o antes. Aportaciones desde el 1 de enero de 2026: sin tramo del 20%, 30% ordinario.
  • Año +4 en adelante: tipo del 18% (15% para los dividendos atribuidos o exigibles hasta el 30 de junio de 2026 inclusive).

Prueba de pequeña empresa (art. 1:24 CSA)

Momento de la prueba: la empresa cumple la condición de pequeña si no supera más de uno de los siguientes criterios durante los dos últimos ejercicios cerrados:

  • Personal medio: 50 ETC.
  • Volumen de negocios (sin IVA): €11,250,000.
  • Total de balance: €6,000,000.

Evaluación consolidada si la empresa pertenece a un «grupo pequeño». El umbral de 250 ETC en base individual es una descalificación automática con independencia de los demás criterios.

Reglas antiabuso

  • Reducción de capital primero, reaportación después: el régimen excluye expresamente las aportaciones que siguen en una ventana breve a una reducción de capital reembolsada a los mismos beneficiarios efectivos.
  • Operaciones de reorganización: las fusiones, escisiones y aportaciones de universalidad siguen reglas de continuidad específicas. La entidad absorbente o aportante solo arrastra el período de mantenimiento si se cumplen condiciones concretas (Real Decreto de 27 de abril de 2014 y posteriores).
  • Las estructuras circulares a través de la matriz de una filial pequeña se examinan de cerca.

Interacción con la reserva de liquidación (art. 184quater)

La reserva de liquidación es el otro mecanismo para pymes de reparto del beneficio acumulado:

  • La empresa paga de inmediato un gravamen separado del 10% sobre la reserva dotada (art. 219quater). Sin cambios por ninguna de las dos reformas.
  • Reservas dotadas el 30 de diciembre de 2025 o antes: 5% de retención a los cinco años, 6.5% entre tres y cinco años, 20% por debajo de tres años.
  • Reservas dotadas después del 30 de diciembre de 2025: 9.8% de retención tras un período de mantenimiento de tres años, contado desde el último día del período impositivo en que se dotó la reserva —30% ordinario en otro caso—.
  • Combinados, 10% al dotar más 9.8% al repartir son 19.8 sobre 110, un 18% efectivo —la misma cifra que VVPRbis—. Con el antiguo 6.5%, 16.5 sobre 110 daba el 15%.
  • VVPRbis y la reserva de liquidación se suman aritméticamente, pero quedan sujetos a orden de prelación cuando ambas bases están disponibles en el mismo ejercicio.

Dos leyes produjeron esos tipos. La Ley Programa de 18 de julio de 2025 recortó el período de espera de cinco a tres años y subió el 5% al 6.5%. La Ley Programa de 30 de mayo de 2026 (art. 15, 1° a 3°; art. 14, 2° a 4°) subió el 6.5% al 9.8% y movió la fecha bisagra del 31 de diciembre de 2025 al 30 de diciembre de 2025, aplicable a los dividendos atribuidos o exigibles desde el 11 de junio de 2026 —el décimo día tras la publicación, y una fecha de entrada en vigor distinta del 1 de julio de 2026 que rige el tipo VVPRbis—. Una regla transitoria estrecha conserva el antiguo tipo del 20% para las reservas dotadas el 31 de diciembre de 2025 y exigibles antes del 11 de junio de 2026.

El art. 17 de la misma ley descarta cualquier cambio de la fecha de cierre del ejercicio hecho desde el 24 de noviembre de 2025 que no esté justificado principalmente por motivos no fiscales, a la hora de determinar cuándo se dotó una parte de la reserva.

Declaración y retención

  • La sociedad que reparte retiene el precompte mobilier / roerende voorheffing en origen.
  • Declaración mediante el formulario 273A / 273S, presentado en línea en los 15 días siguientes al pago.
  • El perceptor declara el dividendo bruto en su declaración personal; la retención es un impuesto definitivo (sin IPP adicional).

Requisitos de documentación

En el expediente de inspección:

  1. La escritura notarial original de la aportación (o las escrituras sucesivas de las ampliaciones de capital).
  2. Prueba del desembolso íntegro del efectivo (extractos bancarios).
  3. Los estatutos que muestren las características de las clases de acciones.
  4. El acuerdo de la junta general que aprueba el reparto del dividendo.
  5. El cálculo de la prueba de pequeña empresa (volumen de negocios, activos, personal).
  6. La declaración 273A presentada en los 15 días.

Indicadores de riesgo de inspección

  • Reducción de capital reciente seguida de recapitalización.
  • Estructuras de acciones de clase A / clase B con derechos distintos.
  • Repartos en el año +3 calculados al tipo equivocado —el 20% solo sobrevive si la aportación en efectivo se hizo el 31 de diciembre de 2025 o antes—.
  • Fecha de aportación que no coincide entre el expediente de la empresa y la escritura notarial publicada.
  • Cuestiones de consolidación pasadas por alto (una filial pequeña de un grupo grande no cumple la condición en base individual: la evaluación es a nivel de grupo).

Apilamiento de tipos efectivos con el impuesto de sociedades

Impuesto de sociedades sobre el beneficio retenido: 25% ordinario, 20% reducido sobre los primeros €100,000 para pymes (con condiciones).

De punta a punta sobre €100 de beneficio societario antes de impuestos, extraídos vía VVPRbis desde el 1 de julio de 2026:

  • €100 antes de impuestos → €80 tras el 20% de impuesto de sociedades (tipo pyme reducido, simplificado) → €80 repartidos → 18% de retención = €14.40 de impuesto → €65.60 netos.

Tasa efectiva combinada: 34.4%. Por debajo del tipo marginal de IPP de ~53% sobre un sueldo equivalente, y con ahorro adicional en cotizaciones sociales.


Árbol de decisión práctico para el cierre de 2026

Para los fundadores que estudian repartos VVPRbis en 2026:

  1. La ventana del 15% está cerrada. Corría hasta los dividendos atribuidos o exigibles el 30 de junio de 2026 o antes, y la Ley Programa de 30 de mayo de 2026 no prevé ningún régimen transitorio para VVPRbis.
  2. Desde el 1 de julio de 2026 el tipo es del 18%, y depende de la atribución o la exigibilidad —no de la fecha en que la junta general acordó el reparto—. Léalo en la fecha de pago del expediente, no en el acta.
  3. Para los repartos del año +3: el tipo intermedio del 20% solo sobrevive si la aportación en efectivo se hizo el 31 de diciembre de 2025 o antes. Para las aportaciones hechas desde el 1 de enero de 2026 no hay tramo del 20%: rige el 30% ordinario hasta que se abra el tipo reducido.
  4. Combínelo con la reserva de liquidación para los beneficios retenidos que el fundador no quiera repartir ahora: dote la reserva, pague el gravamen separado del 10%, reparta tras un período de mantenimiento de tres años al 9.8% (30% si se incumple) —un 18% efectivo combinado—. Tenga en cuenta la bisagra separada del 11 de junio de 2026 para la reserva, y el corte del 30 de diciembre de 2025 entre las escalas vieja y nueva.